Comisión Primera

Integrantes de la Comisión

comision 1

La Comisión Primera Del Plan y de Bienes analiza los planes y programas de desarrollo económico, social y de obras públicas. Los planes de investigaciones, el estatuto de valorización, la reglamentación de los usos del suelo y emite conceptos sobre la ejecución de obras y /o programas que no estén incluidos en el plan operativo anual de inversiones.

Esta Comisión tiene las siguientes funciones:

01 Eficiente prestación de los servicios a cargo del Municipio, en el marco de la Constitución y la Ley.

02 Organización y funcionamiento de las veedurías ciudadanas, la descentralización, la desconcentración y el control social de los servicios públicos.

03 Plan General de Desarrollo Económico y Social.

04 Plan General de Ordenamiento Físico y Territorial del Municipio.

05 Plan Vial.

06 Reglamentación del uso del suelo y el espacio público del municipio.

07 Desarrollo físico de las áreas rurales del municipio.

08 División del territorio municipal.

09 Vigilancia y control de las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

10 Preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y del medio ambiente.

11 Vigilancia y control de la prestación de los servicios públicos domiciliarios y del transporte público y seguridad.

12 Divulgación, fomento y pedagogía de los procesos de participación ciudadana.

13 Estudio de facultades pro-tempore al Alcalde Municipal en las materias antes relacionadas.

14 Dar primer debate en sesión conjunta con la Comisión Segunda, al Proyecto de presupuesto del municipio y sus modificaciones. La Presidencia del Concejo nombrará ponentes de cada una de las dos (2) Comisiones Permanentes. (Art. 56, Decreto Ley 111 de 1996).

15 Las demás que sean asignadas por el Presidente de la Corporación o la Mesa Directiva y la normatividad vigente.

 

Proyecto de modificación de usos del Suelo y de Proyectos de Intervención Urbana. (Art. 313 Numeral 7° C.P.; Art. 33 Ley 136/94; Ley 388/97).